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Arte: El cuadro «maldito» del Thyssen en Actual Diaria
Arte: El cuadro «maldito» del Thyssen
Los herederos de la familia judía Cassirer vuelven a reclamar un pissarro supuestamente expoliado por los nazis: «Rue Saint-Honoré après-midi. Effet de pluie», de la colección Thyssen-Bornemisza MADRID. «Rue Saint-Honoré après-midi. Effet .. [+]
TEXTO: BLANCA TORQUEMADA (ABC)
Los herederos de la familia judía Cassirer vuelven a reclamar un pissarro supuestamente expoliado por los nazis: «Rue Saint-Honoré après-midi. Effet de pluie», de la colección Thyssen-Bornemisza
MADRID. «Rue Saint-Honoré après-midi. Effet de pluie». Impresionismo húmedo de Camile Pissarro. Un cuadro más, quizá, en el sublime y riquísimo triángulo museístico madrileño, pero también una obra llamada a dar quebraderos de cabeza a la Fundación Thyssen-Bornemisza, de cuya colección permanente forma parte. Los herederos de la familia judío-alemana Cassirer, que reclamaron la devolución del óleo en 2001 por considerar que cumple las condiciones fijadas en diversos tratados internacionales de restitución del patrimonio expoliado por los nazis, han reanudado su ofensiva. Nunca han dado por buenos los argumentos jurídicos ofrecidos por la Fundación en su día para retener la obra y han movilizado otra vez a sus abogados, ahora que el cambio de Gobierno en España determina nuevos interlocutores y quién sabe si mayor permeabilidad ante su reclamación, basada en la supuesta obligación del Estado español (o de cualquier otro Estado) de reparar un acto supuestamente vinculado al Holocausto, en este caso en su vertiente cultural y patrimonial. No todos los países han dado el paso de legislar expresamente sobre esta cuestión, pero España sí: el Código Civil enuncia en su artículo 131.4 que «Los delitos de lesa humanidad y de genocidio y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado no prescribirán en ningún caso».
De momento, los primeros movimientos del engranaje se han puesto en marcha en los Estados Unidos, donde los Cassirer se acaban de personar como parte en un proceso judicial contra el anticuario que vendió el cuadro al barón Thyssen en 1976, si bien en ese juicio se le acusa por otras compraventas y no por ésta. Desde otro flanco, los nuevos contactos con las instituciones españolas ya están en trámite, según ha podido saber ABC.
Claude Cassirer, alemán de nacimiento convertido en ciudadano norteamericano tras la segunda guerra mundial, es hoy un anciano de 85 años afincado en San Diego (California) y dispuesto a seguir batallando por recuperar el óleo que hace más de siete décadas colgaba en el salón de su casa de Alemania y formaba parte del paisaje de su infancia. Su bisabuelo Julius Cassirer, un destacado galerista y editor judío de Berlín, lo había adquirido del marchante de Pissarro, Durand-Ruel, en 1900, dos años después de su ejecución por el maestro impresionista. A la muerte de Julius, la obra pasó a su hijo Fritz y la esposa de éste, Lilly, quienes, de haber conservado la propiedad del óleo, lo habrían transmitido a su nieto, el mencionado Claude.
Comprado por 900 marcos
El cuadro fue retirado en 1938 del domicilio familiar de Munich, según relató Lilly Cassirer-Neubauer: so pretexto de que se trataba de una falsificación, el marchante pronazi Scheidwimmer abonó por él la cantidad insignificante de 900 marcos alemanes, pura calderilla, y se lo llevó, bajo coacción y amenazas. Después, ese galerista lo entrega a cambio de otras obras a un comerciante judío, Julius Schulzbacher, quien igualmente acosado, huyó a Holanda con el pissarro, hasta que los nazis invaden aquel país y confiscan la obra, de la que nada vuelve a saberse hasta que reaparece en 1943 en una sala de subastas de la Alemania de Hitler y es adquirida por un postor anónimo. Más adelante, el óleo queda envuelto en la bruma del paradero desconocido hasta que en 1976 Hans Heinrich Thyssen lo compró al galerista parisino Joseph Hahn.
La posibilidad de que ese relato de la extorsión nazi esgrimido por los Cassirer no se ajuste a la realidad (imaginemos que la obra fue vendida voluntariamente y no hubo extorsión) sería irrelevante, en términos jurídicos, por la ley alemana de restitución patrimonial de 1949 (BRÜG) en la que se estableció que todas las transmisiones de propiedades judías que tuvieron lugar entre el 1 de septiembre de 1935 y el 8 de mayo de 1945 se consideran nulas a todos los efectos, para dar un paraguas legal a quienes se habían desprendido de ellas bajo una insoportable presión quizá difícilmente demostrable. Lilly Cassirer-Neubauer no parece un personaje dudoso en ese sentido, pues su hermana fue asesinada en el campo de concentración de Theresienstadt.
Por eso los pretendidos herederos consideran que el hecho de que el barón la adquiriera de forma impoluta en el mercado internacional del arte no anula los anteriores atropellos ni, en última instancia, sus derechos sobre el óleo. Además, España es uno de los países firmantes de la resolución 1205 del Consejo de Europa para la restitución del patrimonio judio expoliado, fechada en noviembre de 1999, que especifica en su punto doce que «las entidades receptoras de fondos estatales que posean propiedades judías expoliadas deberán devolverlas. En aquellos casos en que las obras hayan sido destruidas, dañadas o estén desaparecidas, o en otros casos en que la restitución no sea posible, dichas entidades deberán ser obligadas a pagar compensaciones al actual valor de mercado».
Aunque es obvio que Thyssen actuó de buena fe, también resulta evidente que si el cuadro formó parte de los saqueos sistemáticos del Tercer Reich, fuera cual fuere su trayectoria posterior, puede parecer razonable la obligación moral de devolverla a sus primitivos propietarios. Los términos en que se manifiesta el Consejo de Europa son claros al tratar de evitar que bienes procedentes de los saqueos nazis se camuflen en el parapeto de fundaciones privadas, a las que también se considera expresamente obligadas siempre que reciban dinero público, como sería eventualmente el caso del Thyssen, cuyo Patronato está controlado por el Ministerio de Cultura. Igualmente, es notorio que el Estado financió en su momento la compra de la propia colección. Pero también resulta obvio, según aclara la Fundación Thyssen a ABC, que «la Resolución 1205 de la Asamblea del Consejo de Europa es una simple recomendación del Consejo a sus Estados miembros que no tiene ningún carácter vinculante. No existe, a fecha de hoy, ninguna norma internacional ni española que ampare la petición».
Cuando en 2001 la Fundación Thyssen desechó de manera tajante las pretensiones de los Cassirer, lo hizo en términos aparentemente concluyentes: «La reclamación carece de todo fundamento y viabilidad e ignora los principios formales y sustantivos más generales, y desde luego el régimen de adquisición de la propiedad mueble en el Derecho español». Con ello se aludía, según detallan a ABC ahora fuentes de la Fundación Thyssen, a que «en 1993 la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza compró el cuadro de Pissarro de su legítimo propietario, junto con el resto de la Colección Thyssen-Bornemisza y de esa forma, de acuerdo con el Código Civil español, adquirió en ese momento su propiedad. La Fundación ha poseído después pacíficamente el cuadro de forma ininterrumpida desde su adquisición, y lo ha exhibido al público permanentemente en sus instalaciones. Aunque llegara a cuestionarse el título de alguno de los anteriores propietarios del cuadro, la Fundación habría adquirido la propiedad por el transcurso del tiempo y la posesión, según se establece en el artículo 1955 del Código Civil». Ese texto legal recoge: «El dominio de los bienes muebles se prescribe por la posesión no interrumpida de tres años con buena fe. También se prescribe el dominio de las cosas muebles por la posesión no interrumpida de seis años, sin necesidad de ninguna otra condición».
Cultura se desvincula en 2001
El Ministerio de Cultura, por su parte, se desvinculó de la cuestión en 2001: «Al no ser el Estado titular del citado bien -contestó por carta el Departamento encabezado entonces por Pilar del Castillo- se ha dado traslado de la petición a la Fundación Thyssen-Bornemisza». Según los abogados de la parte demandante, del bufete internacional Squire & Sanders, «con esas alegaciones los representantes del Thyssen vienen a argumentar que no hay posibilidad de reclamar la propiedad de un bien mueble a estas alturas, pero no consideramos que eso sea aplicable a un expolio vinculado al genocidio nazi precisamente porque los delitos de genocidio no prescriben».
En las negociaciones entre la familia Cassirer y la Fundación Thyssen se han invocado también los principios, suscritos por España, de la Conferencia Internacional sobre el Holocausto celebrada en Washington en 1998. La réplica de la entidad museística a este respecto fue inequívoca: «Estas recomendaciones no tienen rango de acuerdo internacional ni incluyen ninguna norma vinculante sometida al Derecho Internacional». Pero los defensores de los intereses de los Cassirer insisten en otro supuesto asidero legal, esta vez de carácter nacional: se trata del hecho de que el Gobierno de Aznar encargara en 1997 a Enrique Múgica, actual Defensor del Pueblo, dirigir los trabajos de la llamada «Comisión de investigación de las transacciones de oro procedentes del Tercer Reich durante la Segunda Guerra Mundial». Aunque admiten que sus conclusiones, remitidas en su momento al Parlamento, no tienen valor normativo, creen que resultan importantes porque pusieron de manifiesto en España, con carácter oficial, cuál fue el modus operandi del expolio artístico («ventas» bajo amenaza de muerte, subastas amañadas, salida a través de países neutrales, ventas ficticias entre intermediarios de confianza para lavar la procedencia ilegal de las obras, etcétera). Los abogados de Cassirer consideran que ese documento pone en cuestión que se pueda alegar el desconocimiento de que existía una cadena de adquisiciones previas como justificación creíble de la negativa a la devolución. La «comisión Múgica» se convierte en pretendida arma de los descendientes del antiguo propietario.
Reparación moral y económica
Los gestores del Museo Thyssen opinan que la mejor prueba de la falta de enjundia de la petición de esta familia es que, en su opinión, «recurre a la estrategia de aventar sus pretensiones en los medios de comunicación, en vez de presentar su demanda ante los Tribunales». Hasta ahora, en efecto, la familia reclamante se ha limitado a buscar un acuerdo satisfactorio, en negociación directa con las instituciones afectadas, para el que considera imprescindible una reparación moral, además de económica. Sus abogados han llegado a sugerir que una participación de los aspirantes a herederos en los ingresos por «merchandising» del cuadro y una placa alusiva al atropello sufrido, bien visible junto a la obra en la sala del museo donde se exhibe, evitaría medidas de mayor alcance. No sería el primer acuerdo de esta naturaleza: también el Centro de Arte Reina Sofía compensó a los beneficiarios de la herencia de la colección David-Weil tras demostrarse que la obra «La familia en metamorfosis», de André Masson, procedía del expolio nazi, según destaca el periodista e investigador puertorriqueño Héctor Feliciano en su libro de reciente aparición «El museo desaparecido».
No está en las intenciones de los Cassirer (quizá les falten resortes), demandar al Estado español, aunque llegaron en su momento a movilizar al enviado especial del Departamento de Estado norteamericano para asuntos del Holocausto, Randolph M. Bell, quien se interesó por la cuestión en una carta dirigida al anterior embajador de España en Estados Unidos, Javier Rupérez. La reclamación estuvo muy viva en Estados Unidos durante la «era Clinton» y quedó adormecida en la primera legislatura de Bush, según algunos por las estrechas relaciones entre el Gobierno Aznar y la Administración norteamericana. Ahora las circunstancias han cambiado y los supuestamente agraviados recargan munición. En la calle Saint-Honoré llueve sobre mojado.
Creado por webfaunkler | 0 comentarios | 12/12/04 18:13
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